Arcaico parece el acuerdo bretton woods de 1944, que aspiraba al equilibrio presupuestario y al coeficiente de reservas en la creación de dinero (proporción entre masa monetaria dólar y oro) para hacer multilateral al sistema cambiario (todas las monedas comparables a través del dólar oro). el sistema financiero (conjunto de instrumentos, instituciones y mercados) realizaba la recolección de los recursos de las unidades excedentarias y los asignaba a las deficitarias según los planes de negocio presentados, y a un coste menor que en las transacciones directas; sus reglas eran prudencia, diversificación, solvencia y confianza. la ratio legal era la del “desarrollo económico”, y su corolario que el coste del sistema político y del sistema financiero sobre el total de una economía tiene un óptimo (como la oficina de servicios centrales al servicio de una gran empresa, que es un coste, necesario pero coste); éste concepto sigue sin fondos para su estudio, comparación y divulgación.
Desde que, en 1971, nixon deroga la convertibilidad del dólar en oro y kissinger inicia la diplomacia del ping-pong con china, se sientan las bases de la globalización. así, los gobiernos “keynesizan” la gestión del sector público y del conjunto de la economía, y los bancos centrales asumen la gestión de la cantidad de dinero y de crédito disponible por las unidades económicas para influir en la inversión y el gasto, con objeto ambos de alcanzar el mayor crecimiento y empleo compatibles con una inflación mínima. lo público es el gasto electoralista, y armonizar el desarrollo legislativo financiero con directivas remotas; como la nueva realidad es discrecional, legislar mucho, emitir mucho dinero fiduciario, emitir mucha deuda pública y contratar muchos funcionarios. nace el modelo financista, en el que ambos sectores instrumentales se hacen con el control discrecional de la economía y su coste deja de ser óptimo para tender a máximo (ahora parece la empresa la que está para la oficina de servicios centrales).
El proceso de convergencia internacional del desarrollo financiero reduce las clases de instituciones financieras a tres tipos operativos principales (intermediación, mediación y gestión), y simplifica los mercados financieros a otros tres (divisas, renta variable y renta fija, cuya función original degenera al motivar el apalancamiento excesivo de los derivados una especulación desenfrenada). ya la ratio legal es la “protección del inversor”, eufemismo que preside una regulación preciosista y poco realista (ejemplo mifid) que libera a las entidades financieras en sus relaciones (si quiere reclamar, vaya a los tribunales) aunque no de sus controles, que parece no se exigen con severidad desde 1998, cuando la no-quiebra y escandalosa salvación del long term, aquél hedge fund de unos premios nobel. las entidades de intermediación (bancos y cajas) escinden su actividad en dos ámbitos: el de gestores de recursos (ajenos y propios) donde localizan su riesgo al recibir depósitos e invertir y especular en los mercados o conceder créditos productivos y especulativos; y el de gestores de inversión colectiva (fondos, sicavs, planes de pensiones...) donde participan de la desintermediación para desplazar riesgo del sistema financiero a los inversores, con deuda de estados, empresas, y titulizaciones (créditos hipotecarios, que luego degeneran hasta subprimes) y similares después.